N° DE EXPEDIENTE:BP02-S-2004-001930
PARTE ACTORA:JULIO CESAR REYES GARCIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:DESCONOCIDOS
PARTE DEMANDADA: PETROZUATA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: INES FIGARELLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.29.207.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy, ocho (08) de Noviembre de 2004, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, aun cuando el ciudadano Alguacil adscrito a este Tribunal procedió a realizar el llamado de Ley, a las puertas del Juzgado. Asimismo se deja constancia que por la parte demandada compareció la abogado INES FIGARELLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.29.207, tal y como se evidencia de instrumento Poder que consigna en este acto, debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Tercera de Puerto La Cruz, en fecha 03-03-99, quedando anotado bajo el Nro.14, Tomo 10 de los Libros de autenticaciones llevados por esa Notaría. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. 194° Y 145°.
El Juez



Abog. Martín Sucre López

La Secretaria



Abg. Romina Vacca


Los Presentes