REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO TRANSITORIO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
Barcelona, Quince (15) de Noviembre de 2004
194 ° Y 145 °
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2003-002223
PARTE ACTORA: YOHANA MARQUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANIBAL BRITO HERNANDEZ.
PARTE DEMANDADA: FIAUTO ORIENTE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIBEL CASTILLO ABAD y RICARDO ALEJANDRO MARCANO MIRABAL
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, Lunes (15) de Noviembre de 2004, siendo las 10:00 a.m, día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma, la ciudadana YOHANA MARQUEZ, en su carácter de demandante, el Abogado ANIBAL BRITO HERNANDEZ, en su condición de apoderado judicial de ésta, por una parte y por la otra la Abogada MARIBEL CASTILLO, en su condicion de apoderada judicial de la parte demandada, y el ciudadano: FRANKLIN ESCALANTE, en su condición de representante legal de la empresa demandada, todos plenamente identificados, dándose así inicio a la audiencia. Hecho uso de palabra cada una de las partes, han convenido dar por concluído el presente procedimiento con el pago a la demandante de la cantidad de SIETE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 7.000.000,oo), los cuales comprenden todos y cada uno de los conceptos demandandos en la presente causa, esto es: Antigüedad, preaviso, Vacaciones y Bonos Vacacionales vencidos períodos 1997 al 2003 (incluye los derechos fraccionados), utilidades períodos 1997 al 2003 (incluye la parte fraccionada) así como los intereses respectivos, y cualquier otro concepto no mencionado y demandado, tal suma, se compromete la empresa demandada a consignarlos en cheque a nombre de YOHANA MARQUEZ, plenamente identicada en autos, dentro de los ocho (08) días hábiles siguiente a la presente fecha. El Tribunal, visto el acuerdo propuesto por las partes, y siendo que el mismo no es contrario a la Ley ni al Orden Público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Homologa en éste mismo acto tal acuerdo, Declarando terminado el presente procedimiento y ordenándo el archivo del expediente una vez que conste en autos el pago total aquí convenido.
EL JUEZ,
LOS PRESENTES,
LA SECRETARIA ACC.,
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