REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BH06-X-2004-000249
Admitida la demanda de Obligación Alimentaría, propuesta por la ciudadana Fiscal Décimo Tercero Encargada del Ministerio Público, Dra. LORYANA DECENA RAMIREZ, actuando en representación de las niñas JHOANNY DANIELA DEL CARMEN y JHORGERLYS DAYANA DE JESUS, de siete (07) y seis (06) años de edad respectivamente, en contra del ciudadano JHONNY ATAGUA, de conformidad con los Artículos 512 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se abre el presente cuaderno de medidas, el cual formará parte del expediente Nº. BP02-Z-2004-002207. En consecuencia, este Tribunal acuerda: PRIMERO: Oficiar al Departamento de Recursos Humanos de la Empresa “PDVSA”, Plan de Mantenimiento Preventivo, Franja de Seguridad Oleoducto Tramo Naricual-San Mateo, Estado Anzoátegui a los fines de que informe a este Tribunal, a la mayor brevedad posible el Salario Integral devengado el ciudadano JHONNY ATAGUA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.766.711, con indicación de sus asignaciones y deducciones.- Librese Oficio.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02
DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA
ABOG. MELISSA AZOCAR
AJD/CA