REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-S-2004-002305
Vistos: El escrito de fecha veintinueve (29) del mes de Octubre de 2004, suscrito por el ciudadano BORJA JOSE MARTINEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.398.985, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio ANDRES J. RODRIGUEZ ARRIETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.078, actuando en nombre y representación del niño BORJA JESUS MARTINEZ VELASQUEZ, de once (11) años de edad actualmente, hijo de los ciudadanos MARIA DE LOURDES VELASQUEZ DE MARTINEZ y BORJA JOSE MARTINEZ RODRIGUEZ, tal y como se evidencia de su respectiva Acta de Nacimiento, en la cual solicita se le nombre un Curador A-d Hoc al expresado niño BORJA JESUS MARTINEZ VELASQUEZ, en virtud de que su padre ciudadano BORJA JOSE MARTINEZ RODRIGUEZ, plenamente identificado en autos, va a contraer nupcias, proponiendo para tal cargo al ciudadano ENRIQUE LUIS HAMANA MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.684.861, domiciliado en: Avenida Araguaney, Conjunto Residencial Las Margaritas, casa N° 02, Urbanización Morro 3, Lechería, Municipio Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, y por cuanto observa este Tribunal que en fecha nueve (09) del mes de Noviembre de 2004, compareció el ciudadano ENRIQUE LUIS HAMANA MACHADO, aceptando el cargo de Curador Ad- Hoc del niño BORJA JESUS MARTINEZ VELASQUEZ, jurando en dicha oportunidad cumplirlo bien y fielmente. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Designa al ciudadano ENRIQUE LUIS HAMANA MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.684.861, Curador Ad-Hoc del niño BORJA JESUS MARTINEZ VELASQUEZ, de once (11) años de edad actualmente. Igualmente, se ordena el cierre y remisión del presente expediente al archivo judicial de este Estado, se ordena la devolución de los originales, dejando copia en su lugar, previa certificación por secretaria.
Expídanse por Secretaría Dos (02) Copias Certificadas de la presente Decisión y entréguesele a los interesados, a los fines Legales consiguientes.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.-


DRA. ANA JACINTA DURAN.-

LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-

En la misma fecha del auto anterior se le dió cumplimiento a todo lo ordenado en él.-


LA SECRETARIA.

ABOG. MELISSA AZOCAR.-

AJD/lba.-