REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002451.
Por recibida la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesta por la Ciudadana YULIMAR ZELANDA RUIZ LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.283.433, debidamente asistida por la Abogada JENNY RUIZ LOPEZ, inscrita en el Inrpeabogado bajo el N° 110.473, actuando en nombre y representación de la niña YENNYMAR DEL CARMEN, de Nueve (09) años de edad, junto con los recaudos que en ella se mencionan toda constante de un (01) folio útil y siete (07) anexos.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos, se ADMITE, por ser procedente y no ser contraria a derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, literal “F”, y ordena antes de proceder a la decisión de la misma: 1). Notificar a la Fiscal Decimoquinta del Ministerio Público. 2).Oficar a la Onidex a los fines de que remita a este Despacho los datos filiatorios de la Ciudadana YULIMAR ZELANDA RUIZ LOPEZ. Líbrese oficios.
LA JUEZ UNIPERSONAL PROVISIONAL N° 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. MELISSA AZOCAR.
AJD/Mary Carmen.-