REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002471

Por recibida la anterior solicitud de NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD- HOC, propuesta por la ciudadana: NATHALY MERCEDES ORTEGA Venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad de Nº V- 13.656.968, de esté domicilio asistido en este acto por el Abog: MANUEL ARTURO FERREIRA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 94.308, actuando en representación de su hija: MARIA MERCEDES LOPEZ ORTEGA, de cinco (05) años de edad , junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de un (01) folio útil y dos (02) anexos. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. En consecuncia, 1) Se ordena notificar a la Fiscal Undecimo del Ministerio Público de esta Circuscripción Judicial del Inicio del Presente procedimiento, 2) Que la ciudadana: CARMEN JOSEFINA ALVARADO DE CICCO debe comparecer por ante éste Tribunal en hora de Despacho comprendida s entre las Ocho y Treinya minutos de la mañana y las Dos y treinya minutos de la Tarde (8:30 a.m. y 2:30 pm ), a fin de manifestar su aceptación o excusa del cargo de Curador Ad- Hoc de la niña arriba mencionada. y en el primero de los casos presente el Juramento de la ley. Líbrese Boleta. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02
DRA: ANA JACINTA DURAN

LA SECRETARIA


ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-

LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
AJD/carmen