REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-001049
Vista el Acta de comparecencia de la ciudadana MARLEY JANET SECO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.583.984, en su caracter de representante legal de la niña CARLENY GUADALUPE LOPEZ SECO, y el contenido de la misma, el Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, Remitase copia Certificada del presente Expediente, relacionado con la Solicitud de Disposicion de Bienes, a favor de la niña CARLENY GUADALUPE LOPEZ SECO, al Tribunal de Protección del Niño y adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, tomando en consideración, que la ciudadana MARLEY JANET SECO SANCHEZ, anteriormente identificada, tiene fijada su residencia junto con su hija, la niña CARLENY GUADALUPE LOPEZ SECO, en la Calle Guaicaipuro, Casa N° 10, Sector Nuevo Pueblo, Norte de Punto Fijo, Estado Falcón, y en virtud de que existe en la actualidad, una Cuenta de Ahorros signada con el N° 0003-0051-99-0100372994, llevada por éste Tribunal en el Banco Industrial de Venezuela, agencia Barcelona, a nombre de la antes citada niña, se acuerda igualmente, librar oficio al Gerente de la citada entidad bancaria, a los fines que se sirva CANCELAR dicha cuenta de ahorros, y emitir con la cantidad total de la misma, un Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de Protección del Niño y Adolescente del Estado Falcón, con la finalidad de remitir el mismo junto con la copia Certificada del presente Expediente al antes mencionado Tribunal, y por último, líbrese oficio de remisión.-
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA N° 01.
Dra. GLADYS SANCHEZ de GUZMAN.
LA SECRETARIA,
Abg. ODALIS MARIN MAITAN.
En la misma fecha del auto anterior, se dió cumplimiento a lo acordado en él. Conste.
LA SECRETARIA,
Abg. ODALIS MARIN MAITAN.
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