REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-002685
Por recibida la anterior Solicitud de RÉGIMEN DE VISITAS, propuesta por la Dra. CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ, Fiscal Undecimo del Ministerio Publico del Estado Anzoategui, actuando en representacion del niño ALVARO JAVIER SALAZAR GUAIQUIRAN, de (01) año de edad, junto con los recaudos que la acompañan, todo constante de seis (06) folios útiles. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. De conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cítese por medio de boletas a los ciudadanos JOSE FELIX SALAZAR GARCIA y MARLIN KATIUSKA GUAIQUIRAN, mayores de edad, venezolanos titulares de las cédulas de Identidad Números 15.878.628 y 13.690.415, domiciliado el primero en Valle Verde, Calle Principal N° 23, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui y la segunda en Terrazas del Puerto,Torre 06, Pent House D, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 01 del Estado Anzoátegui, a las diez de la mañana (l0:00 a.m.), al segundo (2do) día de Despacho siguiente a su citación a los fines de que exponga lo que creyere conveniente con relación a la solicitud de Régimen de visitas, a favor de su hijo el niño ALVARO JAVIER SALAZAR GUAIQUIRAN. Con la advertencia que el día de la comparecencia la juez intentará una conciliación entre las partes a las nueve de la mañana (9:00.a.m.) y de no lograrse la misma, procederá a oír todas las excepciones y defensas cualquiera que sean su naturaleza, las cuales resolverá en sentencia definitiva. Asimismo se acuerda practicar sendos informes sociales a través del Equipo Multidisciplinario de éste Tribunal en los hogares de los ciudadanos JOSE FELIX SALAZAR GARCIA y MARLIN KATIUSKA GUAIQUIRAN e igualmente se acuerda practicar Evaluaciones Psicológicas a los ciudadanos antes mencionados.
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA Nº 01.
Dra. GLADYS SÁNCHEZ DE GUZMAN.
LA SECRETARIA,
Abog. ODALIS MARIN MAITAN.