REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-S-2004-002305
Por recibida la anterior solicitud de NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD- HOC, propuesta por el ciudadano: BORJA JOSE MERINEZ RODRIGUEZ, Venezolano, Mayor de Edad Titular de la Cédula de Identidad de Nº V- 8.398.958, de esté domicilio asistido en este acto por la Abog: ANDRES J. RODRIGUEZ ARRIETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 27.078, a favor de su hijo, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de un (01) folio util y dos (02) anexos. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. En consecuncia, 1) se ordena notificar a la Fiscal Decimo Quinta del Ministerio Público de esta Circuscripción Judicial del Inicio del Presente procedimiento, 2) que el ciudadano: ENRIQUE LUIS HAMANA MACHADO, debe comparecer por ante éste Tribunal en hora de Despacho comprendidas entre las Ocho y Treinya minutos de la mañana y las Dos y treinya minutos de la Tarde (8:30 a.m. y 2:30 pm ), a fin de manifestar su aceptación o excusa del cargo de Curador Ad- Hoc del adolescente y del niño arriba mencionados. y en el primero de los casos presente el Juramento de la ley. 3) se ordeno oir la opinion del niño de conformidad con el artículo 80 de la Ley Organica pra la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese Boleta. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02
DRA: ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA