REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.-
Puerto la Cruz, veintidós (22) de noviembre de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Visto el desistimiento presentado en fecha 18 de Noviembre de 2004 (Folio 66), por la abogada REINA ROMERO ALVARADO, Inpreabogado N° 54.464, con el carácter acreditado en autos, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO HECHO POR LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia da por terminado el presente Juicio de CALIFICACIÓN DE DESPIDO, incoado por el ciudadano EFRÉN RAFAEL SOLORZANO, en contra de la empresa demandada PDVSA PETRÓLEO, S.A. (PDVSA), y ordena el archivo del expediente al Archivo Judicial para su resguardo y cuido.
LA JUEZ TEMPORAL
MARIELA DEL VALLE NARVÁEZ SANTIL
LA SECRETARIA.
ADA MAITA MATUTE
MNS/dgra.
Exp. N° 015-2003
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