REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 18 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-014582
Visto el escrito presentado por la ciudadana CARMEN IRAIDA RONDON, en su condición de Defensora de Confianza de los ciudadanos LUIS EMILIO MARQUEZ, JESUS GUARACHE y PEDRO LUIS CARRUIDO, a los efectos de que le sea revisada la Medida Privativa de Libertad, en virtud de que el organo jurisdiccional del Estado venezolano, debe garantizarles su Derecho al Trabajo , ya que sus defendidos están siendo requeridos por la Empresa "ZARAMELLA & PAVAN, CONSTRUCCIONES COMPANY", en su condición de Andamiero, Técnico Operador y Armero, para prestar sus servicios personales; y en vista que el Estado Venezolano debe garantizar su derecho al trabajo de sus ciudadanos, previstos y garantizados en nuestra Carta Magna y ante los fundados elementos sobre la participación de estos en un delito en grado de Tentativa (delito imperfecto); este Tribunal acuerda Revisar la Medida Privativa de Libertad por una Menos Gravosa de las previstas en el artículo 256 ordinales 3°, 4°, 5°, 6° y 9°; que consisten en: Presentación cada diez (10) días ante la sede de este Tribunal por la oficina de alguacilazgo de este Circuito judicial penal; Prohibición de ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal sin la previa autorizacion dada por esctito de este despacho; No acercarse a la victima; No frecuentar sitios o lugares de dudosa reputación , donde se presuma la venta ilicita de autos y de sus partes automotoras o de latoneria; No portar Armas Blancas ni de Fuego, y presentar cada tres (3) meses la constancia de trabajo respectiva, a los ciudadanos: LUIS EMILIO MARQUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 12.806.097, natural de Caripito Estado Monagas, donde nació en fecha 31-07-1975, de 29 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Andamiero, hijo de TEOFILA VELASQUEZ (V) y EMILIO MARQUEZ (V), residenciado Putucual, La Vivienda, Vidoño, Calle Principal, Casa S/N, Estado Anzoátegui.telefono:0281-676694,JESUSRAFAEL GUARACHE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 8.244.280, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 8-09-1962, de 42 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Cabillero, hijo de MARIA ANGELICA IGUALGUANA (V) y PADRE DESCONOCIDO, residenciado Barrio Corea, Calle Las Delicias, N° 19, Barcelona, Estado Anzoátegui, y PEDRO LUIS CARRUIDO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.621.473, natural de Carúpano, Estado Sucre, donde nació en fecha 21-09-1977, de 27 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de PEDRO DOMINGO ARCAI y PADRE DESCONOCIDO, residenciado La Vivienda Putucual, Calle del Medio, Casa N° 25, Barcelona, Estado Anzoátegui. Líbrese Boleta de traslado para el día de hoy, 18 de Octubre de 2004 a las 02:00 P.M., a los fines de imponerlos de la presente decisión. Asi se decide.
LA JUEZ DE CONTROL N° 03,
DRA. JOSEFINA SALAZAR DE GUERRA
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA ALEJANDRA NERI
Asunto: BP01-S-2004-14582.-
Fecha: 18/10/2004
JSDEG/csg.-