REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 14 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2000-000518
ASUNTO : BP01-P-2000-000518


Vista la solicitud de Sobreseimiento de la causa consignada por el Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, conforme a los artículos 108, ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, 34, ordinal 10° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en el proceso incoado en contra de FREDDY RAFAEL BARRERO HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, con Cédula de Identidad N° 10.605.045, con residencia en la Calle San Carlos, N° 119, Barrio La Aduana, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, penado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; este Tribunal, para decidir al respecto, observa:

Analizadas las actas que conforman la presente causa, este Tribunal observa que no surgen los suficientes elementos de convicción necesarios para incriminar a persona alguna en el ilícito penal perseguido, aunado a la circunstancia que del contenido del Acta Policial suscrita por el Funcionario PEDRO ORTIZ, adscrito al Comando de Apoyo Operacional (CAO) del Instituto Autónomo de Policía del Estado, se infiere que para el día de los hechos, 07 de Marzo de 2.000, en la Urbanización "El Moriche" de esta ciudad, se observó una persona en actitud sospechosa, quien fué identificada como FREDDY RAFAEL BARRERO HERNANDEZ y al realizar la inspección corporal, se le localizó, a la altura de la cintura, un arma de fuego, calibre 40, marca Smith Wesson y en la motocicleta en la cual se desplazaba, se localizaron, en el interior del asiento, cuarenta (40) envoltorios de papel de aluminio, contentivos de una pasta compacta, color blanco, de presunto Crack, evidenciandose que no hubo testigos que presenciaran la incautación, y ante la ausencia de otro elemento de convicción que corrobore tal actuación policial y no habiendo posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, no hay base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de persona alguna, se concluye que le asiste la razón a la parte Fiscal cuando solicita que la presente causa sea SOBRESEIDA, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide.-


PARTE DISPOSITIVA

El Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Le, DECLARA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, en la causa incoada en contra de FREDDY RAFAEL BARRERO HERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, notifíquese y déjese copia.

JUEZ DE CONTROL IV


DRA. FREYA RODRIGUEZ DE LOPEZ.

LA SECRETARIA,


ABOG. NEREIDA REYES.