REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 7 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-012852
Visto el escrito presentado por el DR. ARMANDO LOROÑO, en su condición de Fiscal Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual coloca a la orden de este Tribunal de Control N° 06, en calidad de detenido al ciudadano JOSE RAFAEL PAIVA, para quien solicito la LIBERTAD PLENA, en virtud de considerar que no existen elementos de convicción suficientes para la procedencia de una medida de coerción personal y que para la presente audiencia, se hace imposible configurar conducta que se encuentre descrita en la normativa Penal Vigente; ello atendiendo al principio de legalidad. Y Oído como fue el imputado, en la Audiencia de Presentación celebrada a estos fines, en la sede de este Tribunal, y debidamente asistido por su Defensora Pública Penal DRA. ROSA ALACAYO, este Tribunal Sexto de Control, pasa a emitir los siguientes pronunciamiento:
De las revisiones de las actas procesales, se evidencia que cursa al folio 05 de la presente causa Acta Policial de fecha 29/10/2004 suscrita por el funcionario detective HENRY CAMPOS, Adscrito a la Unidad de Patrullaje de la Alcaldía del Municipio Peñalver, Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, se evidencia que se encontraba de servicio y fue comisionado por el Agente Richar Guanare y con los auxiliares detective: Luis Maraima y los Agentes Arturo Velásquez y Jorge Jiménez, recibieron llamada telefónica por parte de una persona que se quiso identificar, donde le notificó que un sujeto a quién apodan "Sandy Papo", se encontraba alterando el Orden Público, amenazando a varias personas que allí se encontraban, con picos de botellas, él mismo se encontraba en estado de ebriedad, inmediatamente nos trasladamos de inmediato al lugar, un vez en el sitio constataron que había un sujeto en estado de ebriedad quién tenía en ambas manos un pico de botella, se le indicó a mis compañeros que actuaran con mucha cautela por cuanto éste ciudadano estaba armado, y bajo los efectos del alcohol, donde el funcionario detective Luis Maraima trató de mediar con el ciudadano alterado, para convencerlo que soltara los picos de botella, y el mismo con una actitud agresiva trató de agredirlo; por lo que el funcionario se vio obligado a proteger su integridad física y de los presentes, efectuando un disparo al aire y un segundo disparo alcanzándolo en el bazo derecho, con una cápsula de polietileno, la cual es utilizado para manifestar manifestaciones y una vez dominado fue trasladado hasta la emergencia del hospital Tipo 1, Pedro Gómez Rolingson, de Píritu, donde fue atendido por el médico de guardia Luis Pacheco, y remitido al Hospital Universitario Luis Razetti de Barcelona, donde la médico de guardia de nombre Margarita López, le apreció fractura abierta en el tercio radial del lado derecho, siendo hospitalizado y dejado bajo custodia de los funcionarios Arturo Velásquez y Jorge Jiménez. Asimismo se aprecia actas de entrevista de los ciudadanos Karina del Carmen Guarirapa y Jerry Eusebio González Alfaro, cursante a los folios 6 y 7.
Ahora bien, se observa que no existe fundamentos y elementos de convicción penas que permita hacer viable el enjuiciamiento del Imputado, ya que tal se desprende de las actuaciones que la conducta antijurídica del presente sujeto debe estar encuadrada dentro de algún tipo penal, que genere tripicidad dentro de la Ley Sustantiva Vigente, por ello este TRIBUNAL DE CONTROL N° 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOATEGUI ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVRIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA : LIBERTAD PLENA al imputado JOSE PAIVA TONIT, tomando en consideración los principios de afirmación de libertad, presunción de inocencia y del debido proceso contenidos en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificada en los artículos 1, 8, y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario contenidos en los artículos 280 y 283 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que el Ministerio Público continué con la investigación, y obtenga la verdad de los hechos. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA DEL IMPUTADO JOSE RAFAEL PAIVA TONITO, Venezolano, natural de La Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 13-07-1964, de 40 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.817.717, de profesión u oficio Albañíl, grado de instrucción sexto grado, hijo de los ciudadanos LUCIA TONITO FLORENCIO (df) y JOSE ALFREDO PAIVA (df) residenciado Sector Los Olivos, Calle Principal, casa N° 23, Puerto Píritu, Estado Anzoátegui. todo de Conformidad con el Ordinal 1° del Artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concatenación con el Artículo 49 Ejusdem, contentivos de los Principios de Afirmación de Libertad y del Debido Proceso; así como los Artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese el oficio respectivo a la Policía Municipal del Municipio Peñalver, Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, a los fines de informar sobre la libertad del imputado RAFAEL MEDARDO PEROZA. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de éste Estado, a los fines de que emita el acto conclusivo a que hubiere lugar. Provéase lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 06 ,
DR.ELEZAR JAVIER SALDIVIA
EL SECRETARIO
ABOG.HECTOR FARIAS
EJS/m@c.-