REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 13 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2004-000773
ASUNTO : BP01-P-2004-000773
Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 25 de Agosto de 2.004, por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Juducial del Estado Anzoátegui, mediante la cual decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano RAMON ORANGEL HERNANDEZ PINO, titular de la Cédula de Identidad N° 11.904.466, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido el 05/05/74, soltero de profesión u ofico marinero, hijo de Rosa Mercedes Pino y José Orangel Hernández, residenciado en la Calle Juncal, Casa N° 60, cerca del terminal de pasajeros, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; de conformidad con lo establecido en el artículo 45 en relación al ordinal 7° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, respecto a la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 3°, 4°, 8° y 10° del Código Penal Vigente.
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano: RAMON ORANGEL HERNANDEZ PINO.
Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia; a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, a los fines de dar cumplimineto a lo establecdio en el artículo 4 de la Ley de Régimen Penitenciario y sea borrado de las pantallas de los Organismos Policiales, en relación a la presente causa.
Notifíquese al ciudadano ABOG. JOSE LUIS AZUAJE, en su condición de Fiscal Primero de Ejecución Y Sentencia del Ministerio Público; a la Defensa Pública Penal ABOG. NELIDA BASILE DRIJA y al ciudadano RAMON ORANGEL HERNANDEZ PINO.
Remítase en su oportunidad al Archivo Judicial, a los efectos de su guarda y custodia. Cúmplase.-
El Juez Segundo de Ejecución
Abog. Cesar Antonio González
La Secretaria,
Abog. Jesmit Milano