REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 28 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : BV01-D-2000-000009

En fecha 18 de Octubre del 2004, se recibió por ante este Despacho el presente Asunto ,seguido en contra del ciudadano OMITIDO; procedente del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, de la revisión del mismo esta decisora observa lo siguiente:
Cursa a los folios 227 y al 234 del presente Asunto, escrito contentivo de la Acusación interpuesta por la Representante de la Fiscalia Decimaséptima del Ministerio Público de este Estado; en contra del ciudadano OMITIDO; solicitando como sanción la PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con lo previsto los artículos 620 literal “f” y en el Parágrafo Segundo literal A del artículo 628; ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; sin embargo, en la celebración de la Audiencia Preliminar, la Representante del Ministerio Público modifico la sanción de PRIVACIÓN DE LIBERTAD ,solicitada en el referido escrito acusatorio, por una médida de LIBERTAD ASISTIDA; tal y como se desprende del acta de la Audiencia Preliminar inserta a los folios 101 al 110 del presente Asunto. Ante esta circunstancia; y como quiera que este Despacho por error involuntario; acordó mediante auto de fecha 20 de Octubre del 2004 la celebración del Juicio con un Tribunal Mixto, ordenando el sorteo en sesión pública de las personas que integrarán dicho Tribunal; el cual se llevó a efecto el día 27 de Octubre del 2004; siendo competente en el Asunto de marras un TRIBUNAL UNIPERSONAL, de acuerdo a lo señalado en el articulo 584 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
En consecuencia se ordena dejar sin efecto el auto de fecha 20 de Octubre de 2004 ,mediante el cual se acordó la celebración del Juicio con un Tribunal Mixto; así como el sorteo de fecha 27 de Octubre del 2004 y se acuerda la celebración del Juicio Oral y Privado para el día MARTES 16 DE NOVIEMBRE DE 2004 a las 11:30am. Convóquese a todos los que deban asistir a el. Todo ello de conformidad con lo señalado en el artículo 584 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui. Administrando JusPor todo lticia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA; dejar sin efecto el auto de fecha 20 de Octubre de 2004 mediante el cual se acordó la celebración del Juicio con un Tribunal Mixto; así como el sorteo de fecha 27 de Octubre del 2004 y se acuerda la celebración del Juicio Oral y Privado para el día MARTES 16 DE NOVIEMBRE DE 2004 a las 11:30am. Convóquese a todos los que deban asistir a el. Todo ello de conformidad con lo señalado en el artículo 584 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
LA JUEZ DE JUICIO
ABOG.CARLOTA SERRANO LA SECRETARIA
ABOG.ANDREINA GOMEZ