Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-M-2004-000183
Vista la diligencia de fecha 21 de septiembre de 2004, suscrita por la ciudadana JUDITH BASTARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.339.431, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 41.551, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora en el presente juicio, mediante el cual desiste de la acción y del procedimiento; éste Tribunal, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la mismos términos y condiciones por ella expresado en dicha diligencia, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena el desglose del poder original cursante a los autos, previa su certificación en autos. Se da por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
EL JUEZ TEMP.,
HENRY AGOBIAN VIETTRI
LA SECRETARIA ACC.,
AMELIA SALAZAR
HAV/ah
|