Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-T-2004-000084
Vista la diligencia de fecha 15 de octubre de 2004, suscrita por la ciudadana INES MARIA MATA VELERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.305.341, sistida por el abogado Marcelino Salandy Guevara, mediante el cual desiste de la acción y del procedimiento; éste Tribunal, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la mismos términos y condiciones por ella expresado en dicha diligencia, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena el desglose de los originales cursantes a los folios 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24, previa su certificación en autos. Se da por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
EL JUEZ TEMP.,

HENRY AGOBIAN VIETTRI

LA SECRETARIA,

JORGYMAR PUMAR SUNIGA.

HAV/ah