REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BH01-M-2002-000005

Vista el escrito, de fecha 04 de octubre de 2004, suscrito por el abogado en ejercicio SAMUEL DARIO RAMIREZ POTELLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19962, en su caracter de apoderado judicial de la parte actora, en el a cual solicita se libren nuevos oficios, y dejados sin efecto los librados en fecha 18 de agosto de 2004, remitidos a los ciudadanos ALEXIS ORTIZ y LUIS CASTRO LEZAMA, en sus condiciones de Alcalde Y Sindico Procurador del Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, respectivamente, en vitud de que los ciudadanos anteriormente referidos ya, no ocupan dichos cargos. Por cuanto lo solicitado se ajustada a derecho, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, deja sin efecto los precitados oficios y ordena librar nuevos oficios dirigidos al Alcalde del Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui y al Sindico Procurador del Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui. a los fines consiguientes de ley. Librense oficios. Cumplase. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
El Juez Temp,

Henry Agobian Viettri
La Secretaria,

Jorgymar Pumar S.