REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BH02-X-2004-000106
Visto el Escrito presentado en fecha 21-09-2004, por la Abogada MAIRYM GUZMÁN BRUCE, en su carácter acreditado en autos, a través del cual conforme a lo dispuesto en el artículo 588 parágrafo primero del Código de Procedimiento Civil; solicita al Tribunal que acuerde medida innominada contentiva de oficio dirigido al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual se ordene paralizar la entrega material del inmueble objeto de la causa sustanciada en el expediente que lleva ese Tribunal, hasta tanto sea decidido el presente juicio de Nulidad de Venta; el Tribunal, observa que la petición antes referida no llena los extremos legales para su procedencia, como lo son el Periculum in mora y el Fomus boni iuris; por lo tanto este Tribunal niega dicho pedimento, de conformidad con lo establecido en nuestro ordenamiento jurídico.
LA JUEZ,


DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA,


DRA. MIRLA MATA ROJAS.