REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiseis de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BH02-V-2002-000014
Por cuanto se observa que en la presente causa contentiva de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, intentada por GLADYS MARÍA INAGA contra ASOCIACIÓN CIVIL VIRGEN DELVALLE Y CONSTRUCCIONES TÉCNICAS DE DESARROLLOS CIVILES, C.A, desde el 22 DE OCTUBRE DE 2.003, no se ha dado el impulso procesal correspondiente; el Tribunal al respecto observa: Dispone el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...”
Ahora bien, en el presente juicio, desde el día: 22/10 /2.003, fecha de la última actuación, hasta el día de hoy, han transcurrido 1 Año y 04 Días, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el antes citado artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, se consumó la perención de la instancia en el presente juicio.-
En consecuencia, este Tribunal, declara la Perención de la Instancia en la presente Causa.- Así se decide.-
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LA JUEZ,



DRA. IDA TINEO DE MATA

LA SECRETARIA ACC.,



DRA. MARIEUGELYS GARCÍA CAPELLA
En esta misma fecha, siendo las 12:38 p.m, se dictó el anterior auto- Conste.-
LA SECRETARIA ACC.,


DRA. MARIEUGELYS GARCÍA CAPELLA.