REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-V-2004-000752

Visto el Convenimiento suscrito en fecha 26 de Octubre de 2.004, entre el Abogado GUSTAVO ADOLFO MORENO MEJIAS, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada BANCO MERCANTIL, C. A. BANCO UNIVERSAL y los ciudadanos , debidamente asistidos por el Abogado OCTAVIO CASTELLANOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.658, parte demandada en el presente juicio por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, cual corre inserto a los folios Nos. 49 y 50 del Cuaderno Principal, el Tribunal, por cuanto dicho Convenimiento no es contrario a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y así se decide.-
La Juez Provisorio,

Dra. Ida Tineo de Mata.- La Secretaria Acc.,

Abg. Marieugelys García Capella.-

Interlocutoria (Convenimiento).-
ITdeM/jebl.-