REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002098

Vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada por los ciudadanos: CARMEN OMAIRA MENESES (VDA) DE PIAMO, YUSMARYS ALEXANDRA PIAMO MANESES, SERGIO NICOLAS PIAMO MENESES, JOAN ALFREDO PIAMO MENESES y YUSMERY MILAGROS PIAMO MENESES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.233.037, 17.422.849, 17.422.850, 15.065.094 y 17.422.847, respectivamente, y actuando en sus propios derechos e intereses, así como la primera nombrada, en nombre y representación y los derechos del menor NESTOR NICOLAS PIAMO MENESES, debidamente asistidos por el Dr. NESTOR NICOLAS PIAMO MENESE, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.037, este Tribunal le da entrada y por cuanto observa que en la presente solicitud se encuentra involucrado un menor de edad, como consta del Acta de nacimiento del menor NESTOR NICOLAS PIAMO MENESES, este Juzgado se declara INCOMPETENTE, para conocer de la presente solicitud y lo DECLINA al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por ser ese Tribunal competente, en cuanto a la materia, territorio y cuantía para conocer de la presente solicitud. Remítase el expediente al Tribunal competente. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
El Juez Provisorio,


Abog. Jesus Martinez Gago
La Secretaria

Dra. María Renzulli Dávila.

JMG/lorena.-