REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002104
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano JUAN CARLOS BURIEL, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 8.232.339, debidamente asistido por el abogado en ejercicio EDGAR BURIEL BLANCO, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: JESUS JOSE FERMIN LAREZ y LUISA ANGELICA SILVEIRA DE FERMIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-1.630.195 y V-500.883, respectivamente, quienes manifestaron que conocieron de vista trato y comunicación a la ciudadana sSABINA DEL ROSARIO BURIEL BLANCO; Que Que saben y les consta que la mencionada ciudadana murió en fecha 13 de Junio de 2001; Que saben y les consta que soy el único y legitimo hijo de la mencionada De cujus, Que saben y les consta que la difunta SABINA DEL ROSARIO BURIEL BLANCO no tuvo mas desendencia, Que dan razon de lo que dicen por lo que saben y conocen; y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA al ciudadano JUAN CARLOS BURIEL, COMO UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de su causante SABINA DEL ROSARIO BURIEL BLANCO, dejando a salvo los derechos de terceros.
El Juez Provisorio,
Abog. Jesús Martines Gago
LA SECRETARIA,
Abog. Maria Renzulli Dávila
JMG/luyanny.-