Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-V-2004-000018

Visto el escrito presentado en fecha diecinueve (19) de Octubre de dos mil cuatro (2004), contentivo de la Transacción suscrita por los abogados en ejercicio EMILIO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.351, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MOURIC KHOUKAZ, parte demandante, y por la otra parte, GAYD MAZA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.324, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ALI MOHAMAD AWADA, este Tribunal, por cuanto tal actuación no es contraria al orden público y versa sobre derechos disponibles, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación, en los mismos terminos y condiciones establecidas en el escrito presentado, dandose por terminado el proceso en virtud del desistimiento de la acción y del procedimiento, y se ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase.-

El Juez Temporal,


Abog. Luis Alberto Rivas Silva.-

La Secretaria,

Doris Rojas de Nadales.-