REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de Octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
N° DE EXPEDIENTE:BP02-L-2004-000644
PARTE ACTORA:Rodolfo José Torrealba
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Yohnny López
PARTE DEMANDADA: BBVA Banco Provincial
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Gustavo Nieto
MOTIVO: Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy cuatro de octubre de dos mil cuatro, siendo las 10:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar, igualmente se deja constancia que el apoderado de la parte demandada Abogado Gustavo Nieto, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.35.265, hizo acto de presencia presentando el original del poder que lo acredita para actuar en la presente causa a efectos de vista, solicitando se le expida copia certificada de esta decisión; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 145 ° y 194 °.
La Juez
Abog. Yissein López
La Secretaria,
Abog.Noemi Mogna
El apoderado del demandado
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