REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiseis de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-O-2004-000254

Visto el Recurso de Amparo Constitucional, interpuesto por la ciudadana TERESA ALFONZO DE ORTIZ, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 83.498, en su condición de Apoderada Judicial de la ciudadana YORGELYS HORTENCIA FONG BASTARDO, titular de la cédula de identidad No. 11.832.741, según consta en Instrumento Poder, otorgado en fecha veintiséis (26) de Abril de dos mil cuatro (2004), por ante la Notaría Pública de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, quedando anotado bajo el No. 53, Tomo 59 de los Libros de Autenticaciones llevados en la referida Notaría, (folios 11 y 12 del presente expediente); en contra de la Sociedad Mercantil SINCRUDOS DE ORIENTE, C.A. (SINCOR), Persona Jurídica domiciliada en la Ciudad de Caracas, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha cuatro (04) de Junio de mil novecientos noventa y siete (1997), anotado bajo el No. 21, Tomo 122-A-Qto.; este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho la Acción de Amparo Constitucional intentada. En consecuencia, conforme al procedimiento establecido para la Admisión de las Acciones de Amparo por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, adaptando el contenido de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, a las prescripciones del Artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado actuando en sede Constitucional, ordena la notificación mediante boleta, de la ciudadana YORGELYS HORTENCIA FONG BASTARDO, titular de la cédula de identidad No. 11.832.741, presunta agraviada, domiciliada en Carrera 16, Calle Eulalia Buróz, edificio Centro Profesional Aníbal Dominicci, Nivel Mezanine, Oficina M-5, frente a la Plaza Bolívar de Barcelona, Estado Anzoátegui; de la Sociedad Mercantil SINCRUDOS DE ORIENTE, C.A. (SINCOR), presunta agraviante, en la persona del ciudadano GEORGES MORENO, en su condición de Gerente de Operaciones de la referida empresa, en la siguiente dirección: Complejo Jose, Parcela S-07, SINCOR, Edificio Administrativo , Carretera Nacional, vía Barcelona, Estado Anzoátegui; asimismo, notifíquese al Fiscal Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, mediante oficio al cual se le anexará copia certificada del escrito de Acción de Amparo en referencia y del presente auto; a los fines que concurran por ante este Tribunal al día siguiente a la constancia en autos de haberse practicado la última de las notificaciones, dentro del horario comprendido entre las 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a conocer el día y la hora en que tendrá lugar la Audiencia Oral y Pública. En relación a la Medida Cautelar solicitada, este Juzgado proveerá por auto separado. Librese Boletas y Oficio. Ábrase Cuaderno de Medidas. Cúmplase.-
La Juez

María Auxiliadora Chávez Rodríguez La Secretaria

Abg. Noemí Mogna

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Conste.-

La Secretaria

Abg. Noemí Mogna