REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2004-002265
Por recibida la anterior solicitud de restitucion de Guarda propuesta por la ciudadanaDANAICETH ELVIRA LOPEZ, actuando en representación de su el niño JOSE LUIS PERALES LOPEZ, de (04) (02) meses de edad. Désele entrada. Fórmese expediente. Cítese por medio de boleta a las ciudadanas DANAICETH ELVIRA LOPEZ y CARMEN GUANARE, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 21.338.878 y 8.208.609 respectivamente, domiciliadas la primera en la Calle El Lago N° 09-65, Mesones-Cardonal, Barcelona, Estado Anzoátegui y la segunda en la Calle El El Progreso, S/N, Naricual, Municipio Bolivar, Estado Anzoátegui , a los fines de que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, al segundo (2do) dia de Despacho siguiente a su citacion, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a exponer todo lo que considere conveniente a la referida solicitud. Líbrenses las correspondientes boleta de citacion y entreguesele al Alguacil de este tribunal a los fines de practique la citacion de las ciudadanas DANAICETH ELVIRA LOPEZ y CARMEN GUANARE, quienes se encuentran domiciliadas en esta Jurisdicción. Librense boleta.
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 01.

DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.

LA SECRETARIA,


Abg. ODALIS MARIN MAITAN.