REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-002229

Por recibida la anterior solicitud de SEPARACION de CUERPOS, interpuesta por los ciudadanos RONMEL GARCIA COVA y CARMEN JULIA ADRIAN VALLENILLA, titulares de las cèdulas de identidad Nº V-12.915.259 y V-12.267.850, respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio SELEGNA ELVIRA SAMBRANO LINARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.841. Desele entrada. Admitase. Anotese en el libro respectivo. Notifiquese del presente procedimiento a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Pùblico de este Estado. Librese Boleta. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 01.


Dra. GLADYS SANCHEZ de GUZMAN.
LA SECRETARIA,


Abg. ODALIS MARIN MAITAN.