REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-002032
Revisado como ha sido el presente expediente, y vista la opinión Fiscal, y por cuanto éste Tribunal observa que no ha sido consignada la copia certificada del Acta de Matrimonio de los Ciudadanos JONATHAN LUIS RAMIREZ APONTE Y JOSMAR JOSEFINA RODRIGUEZ MARCHENA, en consecuencia, esta Sala de Juicio N°.02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, INSTA, a la parte interesada a consignar el Acta de Matrimonio y asimismo, SE ORDENA dictar Sentencia, para el quinto (5to) día de Despacho siguiente, que conste en auto la respectiva acta.- Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N°.02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior, se cump´lió todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD /crc