REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-002354

Por recibida la anterior solicitud, propuesta por la Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Abog. CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ, conjuntamente con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de Cuatro (04) folios útiles, y en la cual se pide a este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, en uso de sus facultades legales y en representación de las niñas FABIANA DEL VALLE y JOELYS CAROLINA MORENO SANCHEZ, de Dos (02) y Un año de edad, respectivamente. Désele entrada y admítase. Cítese por medio de boletas, a los ciudadanos JOHANA DEL CARMEN SANCHEZ PEDRIQUE y WILLY RAFAEL MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.102.556 y V-16.797.059, respectivamente, domiciliados la primera en la Calle Principal, Casa N° 03, Sector 2, Las Casitas, Municipio Bolívar, Barcelona, Estado Anzoátegui y el segundo domiciliado en la Calle Principal, Casa S/N, Caserio El Hatico, Naricual, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, para que comparezcan acompañados de las niñas FABIANA DEL VALLE y JOELYS CAROLINA MORENO SANCHEZ, por ante esta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, en un lapso de Veinticuatro (24) horas, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que expongan lo que crean conveniente en relación con la solicitud de RESTITUCION DE GUARDA, relacionada con las niñas FABIANA DEL VALLE y JOELYS CAROLINA MORENO SANCHEZ. Asimismo se acuerda practicar evaluaciones psicológicas y psiquiátricas, a los ciudadanos JOHANA DEL CARMEN SANCHEZ PEDRIQUE y WILLY RAFAEL MORENO, e igualmente sendos Informes Sociales en los hogares de los ciudadanos antes nombrados, a través del Equipo Multidisciplinario de este Despacho. Entreguesele las boletas de citaciones al Alguacil asignado a este Juzgado, a los fines de que sean practicadas las citaciones de los ciudadanos antes nombrados. Librese boletas. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 01.


Dra. GLADYS SANCHEZ de GUZMAN.

LA SECRETARIA,


Abg. ODALIS MARIN MAITAN.

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-

Abg. ODALIS MARIN MAITAN.