REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiseis de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2004-001448
Visto la diligencia anterior cursante al folio N° 19, de fecha 19-10-04, del presente Expediente y el contenido del mismo, suscrito por la ciudadana MILAGRO JOSEFINA FIGUERA PINTO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V-16.478.761, de éste domicilio, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Defensora Pública de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Abogado JOSEFINA GONZALEZ MARCANO. Quien DESISTIÓ de la demanda de Divorcio en contra del ciudadano YOVANNY MARTIN CEDEÑO RONDON. En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela HOMOLOGA el DESISTIMIENTO y declara terminado la presente demanda y se acuerda el archivo del Expediente, asímismo se acuerda la devolucion de los originales. Librese boleta de notificación a la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público del Estado Anzoátegui. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL. Sala N° 01.

Dra. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.-


LA SECRETARIA,

Abg. ODALIS MARIN MAITAN.