REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona

Barcelona, 25 de Septiembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: BP01-S-2004-014384


Visto el escrito presentado por la Dra. TAMAIRA MEDINA ROA, en su condición de Fiscal Vígésima Auxiliar del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual coloca a la orden de este Tribunal de Control N° 01, en calidad de detenido a los ciudadanos ANTONY JOSE MACAYO Y LUIS MIGUEL MORENO, por la presunta comisión del delito de ROBO, tipificado en el articulo 458 del Código Penal en su encabezamiento, y solicitando se le decrete a los mismos Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, conforme a lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Y Oídos como fueron los imputados, en la Audiencia de Presentación celebrada a estos fines, en la Sede de este Tribunal, y debidamente asistidos por su Defensor de Confianza, Abogado NICOLAS HERNANDEZ, este Tribunal Primero de Control, antes de decidir lo solicitado, por la Representación Fiscal, observa:
Cursa al folio 4, de la presente causa Acta Policial suscrita por el funcionario (PA) CABO 2DO. LUIS GOMEZ, adscrito al Comando de Apoyo Operacional C.A.O., de Instituto Autónomo e la Policia de este Estado, donde dejó constancia de lo siguiente: " Siendo aproximadamente las Once horas de la mañana, encontrándose de servicio en un Punto de Control, ubicado en la Av. Pedro Maria Freites de Barcelona, se presentaron dos ciudadanas una de ellas identificada como Ibersy Evelyn Vásquez Torres...informandole que momentos antes había sido objeto de un Robo a Mano Armada, por parte de dos sujetos, quienes la despojaron de Ciento Cincuenta Mil (150.000,00) bolivares en efectivo y de un (01) telefono celular, marca Nokia Modelo 51225, color azul y negro, hecho ocurrido en las adyacencias del lugar...trasladandose en compañia de los funcionarios Agentes GUSTAVO COLINA y LUIS OLLARVES, a bordo de las unidades Motos: UM/04 y 12, a fin de efectuar un recorrido y dar con el paradero de los sujetos, donde por el sector Rómulo Gallegos de Barcelona, avistaron a dos suejtos con las mismas caracteristicas suminsitradas por la parte agraviada, quienes al notar la presencia de la comisión policial, tomaron una actitud nerviosa, ya que empezaron a caminar rapidamente, dandoles la voz de alto, previa identificación como funcionarios policiales, acatando la misma, efectuandole un Registro corporal encontrándosele a uno de ellos entre sus ropas y a la altura de la cintura UN (01) FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, TIPO PISTOLA, COLOR GRIS, CACHA DE COLOR NEGRO, MARCA "OMEGA" SPRINGFIED ARMONY...quedando éste identificado como HANTONY JOSE MACAYO GUEVARA...y a su acompañante le encontraron en su poder UN (01) TELEFONO CELULAR MARCA NOKIA, MODELO 5125, SERIAL: ESN07403939973, COLOR AZUL Y NEGRO, CON SU RESPECTIVA PILA, el cual la ciudadana lo reconoció como de su propiedad, quedando éste identificado como LUIS MIGUEL MORENO MEJIAS...siendo trasladados a la sede del Comando así como a la parte agreviada...". Asimismo al folio 5 de la presente causa, corre inserto Acta de Entrevista, practicada a la ciudadana IBERSY EVELYN VASQUEZ TORRES, donde dejó constancia entre otras cosas de lo siguiente: "...que iba con mi cuñada Deyvis Gómez, por la Calle Portuguesa, que de repente se le acercaron dos tipos, que uno tenia puesto una franelilla blanca, con pantalón azul y gorra roja, y el otro llevaba un pantalón azul y chemi a rayas de colores rojo, azul y blanco, que el que tenia la chemi a rayas la apuntó con una pistóla y le dijo que le entregara el dinero y el celular...que es marca Nokia, modelo 5125, color azul, y que como ellas iban a depositar 150.000 mil bolívares..le dijeron que le entregara todo lo que tenia, llevándose su telefono y el dinero, que después él que tenia la franela de rallas salío corriendo y que el otro que tenia la franelilla blanca trató de agredirla, que élla empezó a dar gritos y empezó a salir la gente, que las trasladaron hasta la policia...que le dijo a los policias y salieron a buscar a los muchachos, que los encontraron y los detuvieron, recuperando el telefono celular nada más..."
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA a los imputados ANTONY JOSE MACAYO, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 07-10-82, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.515.714, estado civil casado, profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos EMELY DE GUEVARA y ANTONIO MACAYO, nivel de instrucción Sexto Grado, domiciliado en la calle San Salvador, casa N° 54, Barrio Camino Nuevo, Barcelona, Estado Anzoátegui, y LUIS MIGUEL MORENO, quien es de nacionalidad Venezolana, natural Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha: 28-07-83, de 21 años de edad, Titular de la cédula de identidad N° 17.222.492, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos NANCY MEJIAS y LUIS MORENO, (ambos vivos), nivel de instrucción Sexto Grado, dirección calle Caribe, casa N° 24, Barrio Menca de Leoni, teléfono 2764640, Barcelona, Estado Anzoátegui; Medidas Cautelares Sustitutiva de Libertad contenidas en los ordinales 3° y 4° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, que consisten en el cumplimiento obligatorio de las siguientes condiciones: 1° Presentación por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, cada diez (10) días. 2.- Prohibición de salir de la Jurisdicción del Estado, sin la debida autorización del Tribunal. El procedimiento a seguir es el Ordinario. Igualmente se ordena la remisión de las presentes actuaciones en el lapso correspondiente a la Fiscalía respectiva, a los fines de que presente el correspondiente acto conclusivo. Líbrese el oficio respectivo a la Zona Policial N° 01 de este Estado, participando de la Libertad de los imputados. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 01, (GUARDIA)

DR. JOSE LUIS ARRIOJAS

LA SECRETARIA DE GUARDIA,

ABG. ANA LUCILA ACOSTA


Resolución: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS
Asunto: BP01-S-2004-014384
Fecha:25/09/04
Ale*