REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 10 de Septiembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-013419
ASUNTO : BP01-S-2004-013419
Visto el escrito presentado pr el Fiscal Primero del Ministerio Público, constante de (55) folios, mediante el cual solicito sea Decretado por éste despacho orden de aprehensión al ciudadano DEMNIEL JOSE HERNANDEZ PEREZ y revisada la presente causa se evidencia que existe suficientes elementos de convicción para proceder a Decretar Medida Privativa de Libertad al referido ciudadano, éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Privativa de Libertad al imputado DEMNIEL JOSE HERNANDEZ PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 14.827.983, de 21 años, soltero, domiciliado en Calle Udón Pérez, N° 34, Sector Campo Claro, Barcelona Estado Anzoátegui, de profesión u ofico Indefinida, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y Ordena su aprehensión. Líbrese la correspondiente Orden de Aprehensión y oficios a los Cuerpos de Seguridad de la República Bolivariana de Venezuela, a los efectos que una vez aprehendido sea puesto a la Orden de éste despacho. Notifcandosele a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de su aprehensión. Notifíquese. Cúmplase.-
LA JUEZ DE CONTROL N°
DRA JOSEFINA SALAZAR DE GUERRA
LA SECRETARIA,
ABG° MARIA ALEJANDRA NERI
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