REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 23 de Septiembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-002429
ASUNTO : BP01-P-2004-000405
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 18 de agosto de 2004, por el Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante el cual Decreta El Sobreseimiento de la Causa, a favor del ciudadano: ALI RAFAEL BARREO SUAREZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 18.299.634, de profesión u oficio instalador de techo razo, domiciliado en calle 10, casa N° 13, sector II, Brisas del Mar, Barcelona y JHONATHAN JOSE GOMEZ SARMIENTO, venezolano, titular de a cédula de identidad N° 18.299.545, de profesión u oficio panadero, domiciliado en calle 07, casa N° 22, sector II, urbanización Brisas del Mar, Barcelona, de de conformidad con lo establecido en el artículo 318, Ordinal 1°, concatenado con los artículos 321 y 330, ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, respecto al delito de: PORTE ILICITO DE ARMAS, tipificado en el artículo 278 del Código Penal.
En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos: ALI RAFAEL BARREO SUAREZ Y JHONATHAN JOSE GOMEZ SARMIENTO.
Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores.. Igualmente remítase la presente causa en su forma original al Archivo Judicial de este Estado, a los fines de su cuido y archivo.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, Dr. JOSE LUIS AZUAJE, a la defensa DR. JUAN CARLOS GALINDO y a los ciudadanos . Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 01.,
DRA. HILDA ZAMORA ALVAREZ
LA SECRETARIA.,
ABOG. AIDA ELENA RAMOS
HZA/magalis.
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