REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BH01-X-2004-000015
Por cuanto de las actas procesales se logra observar, que al momento de abrir el Cuaderno Separado en la presente causa , se incurrió en el error involuntario de asociarlo a un expediente que no reposa en las archivos de este Juzgado. este Tribunal en aras de una recta Administración de Justicia, siendo el Juez el rector del proceso, y de conformidad con lo establecido en el primer aparte del Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda realizar la acumulación física del precitado cuaderno separado, signado con el N° BH01-X-2004-000015 al cuaderno separado signado con el N° BH01-X-2004-000039; en virtud de la imposibilidad de realizarla por el sistema; en tal sentido se dará por terminado el cuaderno separado identificado con el N° BH01-X-2004-000015 y se seguirá sustanciando la presente causa en el cuaderno separado N° BH01-X-2004-000039. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
El Juez Temp.,
HENRY AGOBIAN VIETTRI.
La Secretaria,
JORGYMAR PUMAR SUNIAGA.
c.c: al Exp. N° BH01-X-2004-39
HAV/ah.-