REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BH01-S-2003-000067

Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR, a través de su apoderado judicial NELSON J. PRATO ALVARADO de BERMUDEZ, mayor de edad, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 6.091.046 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 51.805; vistos asimismo los recaudos acompañados y el Justificativo Judicial, evacuado por ante este mismo Tribunal, en fecha 15 de octubre de 2003, por los ciudadanos ISABEL MARIA GUEVARA DE RIVAS y LUIS RAFAEL PAREJO VELASQUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.687.593 y V-2.797.509, respectivamente, que rindieron declaración a favor de la solicitante, quien manifiesta su deseo de que se le expida TITULO SUPLETORIO de propiedad, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un terreno de propiedad Municipal, ubicada en la Calle Cumaná, al lado del Liceo Cristobal Colón, La Caraqueña, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui, el mencionado lote de terreno tiene una extensión de nueve mil trescientos cincuenta y seis metros cuadrados con seis centímetros cuadrados (9.356,06 Mts.2). El C.D.T. Barcelona N° 2, tiene un área terreno de ocho mil ochocientos ochenta y nueve metros cuadrados (8.889,00 Mts.2) y setecientos veintisiete metros cuadrados con once centimetros (727,11 Mts.2) de construcción. La Residencia Juvenil Nosotros , tiene cuatrocientos sesenta y siete metros cuadrados (467,00 Mts.2) de terreno y cuatrocientos noventa y siete metros cuadrados con veinticuatro centímetros cuadrados (497,24 Mts.2) de construcción, ambas edificaciones estan unidas por una puerta, y presentan las sigueintes carácterísticas: una estructura de concreto armado, paredes de bloque, frisadas y pintadas, techo de concreto, piso de granito, la instalación electrica es embutida, las puertas son metálicas y las ventanas son tipo macuto; y estan divididas en las siguientes áreas: El C.D.T Barcelona N° 2, cuenta con cinco (5) oficinas, un (01) salón, un (01) cuarto de guías, tres (03) habitaciones, una (01) cocina, una (01) lavandería, un (01) cuarto de lencería, un (01) comedor, una (01) despensa y una (01) cancha de usos múltiples. La Residencia Juvenil Nosotros, tiene una (01) oficina de dirección, un (01) pasillo recibo, una (01) cocina, cinco (05) habitaciones, una (01) sala de baño, una (01) sala de estar, un (01) depósito, un (1) consultorio médico, un (01) cuarto de guías y un (01) baño del personal. El terreno y la edificaciones antes mencionadas están comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: Calle Cumaná; SUR: Cerro Pozuelos; ESTE: Calle San Francisco; y OESTE: Liceo Colon; las cuales tienen un valor aproximado de OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 80.000.000,00); y por cuanto los mencionados testigos están contestes en afirmar en todas y cada unas de sus partes a los que se refiere dicha solicitud, éste Tribunal por cuanto no ha habido oposición de terceros, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara las presentes actuaciones Suficiente Titulo Supletorio de Propiedad y Posesión sobre las referidas e identificadas bienhechurías, a favor del Solicitante INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR, dejando en todo caso a salvo los derechos de Terceros, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.- Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la parte interesada.-
El Juez Temp,

Henry Agobian Viettri

La Secretaria,

Jorgymar Pumar Suniaga





HAV/ah.-