REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BH02-V-1998-000018
Vista la Transacción suscrita por la abogada Iris Carmona, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.868, en su carácter de apoderada judicial de Banco Mercantil, C.A., parte demandante; y la ciudadana Nelly Alicia Rios, titular de la Cédula de Identidad N° 15.679.331, en su carácter de parte demandada, asisitida por la abogada Mariammar Pugas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 109.107, el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones por ellas suscrito, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- Asimismo se suspende la presente causa por noventa (90) días continuos contados a partir de la fecha en la cual fué suscrita la transacción presentada por las partes involucradas en la presente causa.-
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA ACC.,
DRA. MARIEUGELYS GARCIA C.
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