REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-F-2003-000093

Visto el desistimiento presentado por los ciudadanos Harold Rene Garcia Rodríguez y Yorkis Yramis Contreras Salazar, asistidos por el abogado Carlos Enrique Guaicara Arriojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.416, el Tribunal lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones por ellos suscrito, en consecuencia, se declara terminado el presente proceso, se ordena la devolución de los documentos originales anexados a la respectiva demanda previa su certificación en autos; y asimismo se ordena el archivo del expediente.- Devuélvase.-
LA JUEZ PROVISORIO,


DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA ACC.,


DRA. MARIEUGELYS GARCIA C

En esta misma fecha se solicitan fotostatos para proveer.- Conste,
LA SECRETARIA ACC.,