REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-X-2004-000220
Vista la Inhibición planteada por la Abogada GLORIA SILVA ALEXIS, en su condición de Juez Provisoria del Juzgado Segundo del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES que tiene incoado el ciudadano JOSÉ EVANGELISTA SPINOLA RODRIGUEZ contra ANTONIO JOSE RAMOS SARMIENTO, ello en virtud de considerarse incursa a la causal prevista en el Ordinal 18 del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por haber enesmistad con el abogado JOSÉ EVANGELISTA SPINOLA RODRIGUEZ, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercanti, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui declara CON LUGAR dicha Inhibición, la misma se encuentra fundamentada en causa legal.- Devuelvanse las presentes actuaciones al Tribunal a-quo, a fin de que de cumplimiento a lo establecido en el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- Pronunciamiento que formula este Juzgado en nombre de República Bolívariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.- Déjese copia certificada.-
LA JUEZ PROV.,
DRA. IDA TINEO DE MATA.
LA SECRETARIAACC.,
ABG. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.
NOTA: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró oficio N° 1099-04, al Juzgado Segundo del Municipio JUan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui.- Conste,
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.
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