REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-000578
Vista la anterior solicitud de DIVORCIO 185-A presentada por los ciudadanos VICTOR MANUEL CONDE PINO y OLIMPIA CARMEN SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. 3.853.426 y 3.487.116, asistidos por la abogada MIGDA M. ZABALA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.644.- El Tribunal a los fines de admisión observa:
En fecha 25 de Marzo de 2.004, se le dio entrada a la presente solicitud y a los fines de su admisión se ordenó a los solicitantes, se sirvieran consignar los documentos originales que acompañan al libelo de la demandada.-
Ahora, bien, hasta la presenta fecha, no consta en autos que los solicitantes haya consignados los documentos solicitados, en tal sentido, siendo se evidencia una falta de interés procesal, trayendo como consecuencia el abandono del trámite, por lo que este Tribunal, en vista de que los solicitantes no cumplieron con lo solicitado a los fines de admitir la solicitud, declara Inadmisible la misma y así se decide.-
La Juez Provisorio;
Abog. Ida Tineo de Mata
La Secretaria;
Dra. Mirla Mata Rojas