REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-001081
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: SOBEIDA ALVAREZ DE VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.699.014, actuando en nombre propio y de sus legitimos hijos, ciudadanos JAVIER ENRIQUE, YENNY DEL VALLE, ANTONIO ESTEBAN, LEOPOLDO CARLOS, OLIMPIA DEL CARMEN y NAOBY CANDELARIA VILLEGAS ALVAREZ, debidamente asistido por la Dra. PAULA CEDEÑO DE RIVAS, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.291, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: CARMEN LIDUVINA SUAREZ DE LEON y MARIA EUGENIA BELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-2.826.458 y V-6.160.007, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista trato y comunicación a la solicitante; Que así mismo conocieron de vista, trato y comunicación a la ciudadana SOBEIDA ALVAREZ DE VILLEGAS; Que así mismo conoció al De cujus ESTEBAN VILLEGAS GAMBOA, Que es cierto y le consta que el difunto antes nombrado era el legitimo esposo de la ciudadana SOBEIDA ALVAREZ DE VILLEGAS y el padre de sus hijos, Que le consta que el prenombrado De cujus murió en la ciudad de Barcelona el dia 28 de Septiembre de 1993, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los ciudadanos, SOBEIDA ALVAREZ DE VILLEGAS, JAVIER ENRIQUE, YENNY DEL VALLE, ANTONIO ESTEBAN, LEOPOLDO CARLOS, OLIMPIA DEL CARMEN y NAOBY CANDELARIA VILLEGAS ALVAREZ, antes identificados, COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante ESTEBAN VILLEGAS GAMBOA, dejando a salvo los derechos de terceros.
El Juez Temporal,
Abog. Anwar Romhain Marin
La Secretaria ,
Dra. Maria Renzulli Dávila
ARM/luyanny.-