REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-F-2004-000024
En el día de hoy, 28 de Septiembre de Dos Mil Cuatro (2.004), siendo las 11:00 a.m., fecha y hora fijada por el Tribunal, para que tenga lugar la Contestación de la Demanda, en el presente Juicio, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal bajo las formalidades de Ley, por el Alguacil del mismo, se deja constancia que no Compareció la parte demandante, ni el demandado, asi mismo se deja constancia que no compareció la representación del Ministerio Público, y de conformidad con el Artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, se declara Extinguida la presente causa y en consecuencia se ordena el archivo del expediente.-
El Juez Provisorio.
Dr. JESÚS MARTÍNEZ GAGO.
La Secretaria,
Dra. María Renzulli Dávila.
JMG/Gledys.-
El Juez Provisorio.
Dr. JESÚS MARTÍNEZ GAGO.
La Secretaria,
Dra. María Renzulli Dávila.
JMG/Gledys.-
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