REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-001596
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos IVAN JOSE GRANJA RODRIGUEZ, SONIA DOLORES GRANJA de SUAREZ, WILLIANS RAFAEL GRANJA RODRIGUEZ, MARLENE REINA GRANJA RODRIGUEZ y MARITZA DEL VALLE GRANJA RODRIGUEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.007.434, 4.494.194, 5.190.150, 8.344.833 y 5.188.523 respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la Dra. MIRIAM VIRGINIA RODRIGUEZ de GALLARDO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.257, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: MIRIAM JUDITH DURAN VELASQUEZ y JOSEFINA MARIA SUNIAGA DE MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-2.330.585 y V-4.415.096, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista trato y comunicación a los ciudadanos IVAN JOSE GRANJA RODRIGUEZ, SONIA DOLORES GRANJA de SUAREZ, WILLIANS RAFAEL GRANJA RODRIGUEZ, MARLENE REINA GRANJA RODRIGUEZ y MARITZA DEL VALLE GRANJA RODRIGUEZ; Que conocieron al difunto JOSE RAFAEL GRANJA GONZALEZ y les consta que falleció el 20 de Abril de 1993; Que les consta que los ciudadanos IVAN JOSE GRANJA RODRIGUEZ, SONIA DOLORES GRANJA de SUAREZ, WILLIANS RAFAEL GRANJA RODRIGUEZ, MARLENE REINA GRANJA RODRIGUEZ y MARITZA DEL VALLE GRANJA RODRIGUEZ son los unicos y universales herederos del De cujus JOSE RAFAEL GRANJA GONZALEZ y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los ciudadanos IVAN JOSE GRANJA RODRIGUEZ, SONIA DOLORES GRANJA de SUAREZ, WILLIANS RAFAEL GRANJA RODRIGUEZ, MARLENE REINA GRANJA RODRIGUEZ y MARITZA DEL VALLE GRANJA RODRIGUEZ, COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante JOSE RAFAEL GRANJA GONZALEZ, dejando a salvo los derechos de terceros.
El Juez Temporal,
Abog. Anwar Romhain Marin
La Secretaria,
Abog. Maria Renzulli Dávila.
ARM/luyanny.-
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