REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-001800
Vista la anterior solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la abogada MAGALY FIGUEROA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 98.128, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana ELIZABETH DEL SAGRARIO ZERPA FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.343.052, mediante la cual solicita sea declarada Única y Universal Heredera, de su madre, ciudadana YSABEL MARIA FLORES DE ZERPA , fallecida Ab-intestato el día veintiocho (28) de Abril de 2.003.-
Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, ciudadanos DEMETRIA JOSEFINA MADRID y CRUZ DEL VALLE MARTINEZ GUERRA, plenamente identificados en las declaraciones, quienes declararon por ante este Tribunal el 15 de Septiembre de 2.004, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones bastantes para asegurarles su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la “de cujus” YSABEL MARIA FLORES DE ZERPA, a la ciudadana ELIZABETH DEL SAGRARIO ZERPA FLORES; por ser hija de la occisa antes mencionada, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a la interesada y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
El Juez Temporal,
Abg. Luis Alberto Rivas Silva.- La Secretaria,
Doris Rojas de Nadales.-