REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-001739
Vista la anterior solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana LAURA JACINTA LUCERO LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.936.461, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 109.019, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos TIMOTEA DE LA PAZ LEAL (viuda) de LUCERO, ALFREDO RAFAEL LUCERO LEAL, MARCELO NICOLAS LUCERO LEAL y LAURA JACINTA LUCERO LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 2.779.108, 12.913.327, 13.936.513 y 13.936.461, respectivamente; mediante la cual solicita sean declarados Únicos y Universales Herederos, del ciudadano PABLO RAFAEL LUCERO, fallecido Ab-intestato el día veintiuno (21) de Octubre de 2.003, así como a su madre (la primera) y hermanos (los siguientes) TIMOTEA DE LA PAZ LEAL (viuda) de LUCERO, ALFREDO RAFAEL LUCERO LEAL, MARCELO NICOLAS LUCERO LEAL y LAURA JACINTA LUCERO LEAL .-
Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las testigos ciudadanas KRISTINE HENRIKSEN PLANCHART y TIBISAY OLGA LOPEZ MAGO, plenamente identificadas en las declaraciones, quienes declararon por ante este Tribunal el 01 de Septiembre del corriente año, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones bastantes para asegurarles sus condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus” PABLO RAFAEL LUCERO MARTINEZ, a los ciudadanos TIMOTEA DE LA PAZ LEAL (viuda) de LUCERO, ALFREDO RAFAEL LUCERO LEAL, MARCELO NICOLAS LUCERO LEAL y LAURA JACINTA LUCERO LEAL y LAURA JACINTA LUCERO LEAL; por ser esposa e hijos del occiso antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a la interesada y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
El Juez Temporal,
Dr. Luis Alberto Rivas Silva.-
La Secretaria,
Doris Rojas de Nadales.-
LARS/cz.-