REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-M-2004-000148
Vista la no comparecencia en su oportunidad legal del ciudadano RAMON ALEXANDER QUINTANA SIMO, parte demandada en la presente causa, a fin de pagar las cantidades de dinero intimadas y por cuanto los artículos 647 y 651 del Código de Procedimiento Civil, establecen que al no pagar u oponerse dentro del lapso legal la parte demandada, se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, es por lo que se decreta la ejecución forzada de la deuda en la presente causa .-
El Juez Temporal,
Abg. Jesús Gutiérrez
La Secretaria, Acc
Mariben Portillo
JSG/csh