REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 27 de Septiembre de 2004
194º y 145º
N° DE EXPEDIENTE:BP02-L-2004-000460
PARTE ACTORA:YIOMARA FIGUEROA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AMALIA HERNÁNDEZ
PARTE DEMANDADA: Universidad Gran Mariscal de Ayacucho (U.G.M.A.)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GERÓNIMO MARTINEZ
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy veintisiete de septiembre de dos mil cuatro, siendo las 9:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, y que sólo se encuentra presente el apoderado de la parte demandada, quién presentó escrito de transacción autenticado por ante la Noptaría Pública de Barcelona del Estado Anzoátegui, en fecha 16 de septiembre del 2004, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.PUBLIQUESE, REGISTRESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 145 ° y 194 °.
La Juez
Abog. Yissein López
La Secretaría,
Abog.Noemí Mogna
El demandado
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