ACTA
N° DE EXPEDIENTE:BP02-L-2004-000477.
PARTE ACTORA:FRANCISCO CHIQUE.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: EMPRESA METAL 5, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: HAYDEE MUÑOZ y JOSEFA SIFONTES.
MOTIVO: Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy siete de septiembre de dos mil cuatro, siendo las 2:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, aun cuando el ciudadano alguacil procedio a realizar el llamado de ley, se deja expresamente constancia que la EMPRESA METAL 5, C.A. compareció a traves de su coapoderadas judiciales abogados en ejercicio HAYDEE MUÑOZ y JOSEFA SIFONTES, INPREABOGADO Nos. 80.572 y 80.571, respectivamente, según se evidencia de instrumento Poder el cual consignó en su oportunidad a efectum videndi, cursante a los folios 11 y 12, ambos inclusive, autenticado por ante la Notaría Pública de Barcelona, de fecha 07-07-04, quedando anotado bajo el Nro.74, Tomo 95 de los Libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 ° y 194 °.
La Juez
Abog. María José Carrión G.
La Secretaria
Abg. Romina Vacca.
Los comparecientes
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