REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-R-2004-001158
PARTE APELANTE: TECNOCONSULT ORIENTE C.A., Sociedad Mercantil originalmente inscrita por ante el Registro Mercantil llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 5 de agosto de 1976, bajo el Nro. 233, Tomo A-11.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE APELANTE: MAXIMILIANO HERNANDEZ, SIBELES DEL NOGAL, JOAQUIN MONTOYA y JOSE LUIS RAMIREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 15.655, 40.586, 47.236 y 3.533, respectivamente.
PARTE ACTORA: MANUEL MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.259.618, asistido por la abogada ANTONELLY VANESA LEAL PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 95.453.
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA CONTRA LA SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO PRIMERO TRANSITORIO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI EN FECHA 02 DE AGOSTO DE 2004. OIDA EN AMBOS EFECTOS EN FECHA 20 DE AGOSTO DE 2004.

En el día hábil de hoy, trece (13) de septiembre de 2004, siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia en el presente juicio, se deja constancia que se encuentran presentes la Juez Temporal, la Secretaria del Tribunal, el trabajador MANUEL MENDEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.259.618, asistido por la abogada ANTONELLY VANESA LEAL PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 95.453, así como la incomparecencia de la representación judicial de la parte apelante. Seguidamente, la ciudadana Juez Temporal de este Tribunal, al constatar la anterior circunstancia, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 02 de agosto de 2004, la cual queda CONFIRMADA. Se condena en costas a la parte recurrente, al haber desistido del recurso de apelación interpuesto, de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 441463, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad No. 11.904.682. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,

Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La Secretaria,


Abg. Lourdes Romero H.

LA PARTE ACTORA,



ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA,