REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

ASUNTO : BP02-R-2004-001026
PARTE APELANTE: CUADROS Y GRABADOS LA ORQUIDEA ORIENTAL S.R.L., no se identifica en las actuaciones que constan ante esta Alzada.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE APELANTE: DOMINGO JOSE TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.689.
PARTE ACTORA EN EL JUICIO PRINCIPAL: RAUL FERNANDO SALAS, no se identifica en las actuaciones que constan ante esta Alzada.
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA CONTRA EL AUTO DICTADO POR EL JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI EN FECHA 25 DE ABRIL DE 2003. OIDA EN UN SOLO EFECTO EN FECHA 06 DE MAYO DE 2003.

En el día hábil de hoy, seis (06) de septiembre de 2004, siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia en el presente juicio, se deja constancia se deja constancia que se encuentran presentes la Juez Temporal, la Secretaria del Tribunal, el trabajador y su apoderado judicial, así como la incomparecencia de la representación judicial de la parte apelante. Seguidamente, la ciudadana Juez Temporal de este Tribunal, al constatar la anterior circunstancia, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la el auto dictado por el Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 25 de abril de 2003, la cual queda CONFIRMADA. Se condena en costas a la parte recurrente, al haber desistido de la apelación interpuesta, de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 440990, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano DARWIN JOSE VASQUEZ GUERRA, titular de la cédula de identidad No. 8.283.339. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,

Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La Secretaria,


Abg. Lourdes Romero H.